La Guardia Civil de Soria investiga al conductor de un turismo que quintuplicaba la tasa de alcoholemia permitida
10 de julio de 2024 (11:19 h.)
El delito puede suponer la pena de prisión de tres a seis meses.
La Guardia CIvil ha detenido al conductor de un vehículo por quintuplicar la tasa de alcoholemia permitida. Los hechos ocurrieron a las 15:00 horas del día 30 de junio de 2024, cuando una patrulla del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Soria detectaba un vehículo circulando de forma irregular a la altura del km. 168,000 de la carretera N-IIa (Madrid-La Junquera).
Al realizar las correspondientes pruebas de alcoholemia al conductor de del turismo, arrojó tasas de 1,46 y 1,49 mg/l de alcohol en aire espirado, quintuplicando la tasa permitida, que para el tipo de conductor y vehículo es de 0,25 mg/l.
En vista de lo anterior, esta persona fue investigada por un presunto de delito contra la seguridad vial, al haber superado la tasa de alcoholemia establecida, siendo inmovilizado el vehículo. Las diligencias instruidas y el conductor han sido puestos a disposición del Juzgado de Instrucción de Almazán.
Este delito puede conllevar una pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Al realizar las correspondientes pruebas de alcoholemia al conductor de del turismo, arrojó tasas de 1,46 y 1,49 mg/l de alcohol en aire espirado, quintuplicando la tasa permitida, que para el tipo de conductor y vehículo es de 0,25 mg/l.
En vista de lo anterior, esta persona fue investigada por un presunto de delito contra la seguridad vial, al haber superado la tasa de alcoholemia establecida, siendo inmovilizado el vehículo. Las diligencias instruidas y el conductor han sido puestos a disposición del Juzgado de Instrucción de Almazán.
Este delito puede conllevar una pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.