San Leonardo seguirá con el 'apellido' Yagüe
El Juzgado Contencioso-Administrativo de Soria considera que el acuerdo plenario del 12 de abril de 2016 no contiene "ninguna exaltación de la Guerra Civil o represión de la dictadura". El denunciante, el abogado Eduardo Ranz, ha anunciado su intención de recurrir al Tribunal Superior de Justicia ya que, a su juicio, la sentencia es "contraria a la Ley.
El Juzgado Contencioso Administrativo de Soria ha determinado que San Leonardo de Yagüe podrá mantener el apelativo ‘de Yagüe’, relativo vecino Juan Yagüe Blanco, ya que el acuerdo de pleno del Ayuntamiento de 12 de abril de 2016 que aprobó por unanimidad el mantenimiento del nombre del municipio, no contenía ninguna exaltación de la Guerra civil o represión de la Dictadura, sino que obedecía a la acción llevada a cabo en favor de este municipio por este vecino que fue militar y partido en la Guerra Civil.
El abogado Eduardo Ranz solicitó la eliminación del apellido, al considerar que ensalzaba la figura de Juan Yagüe Blanco como militar franquista. En la sentencia, por la que se inadmite la demanda interpuesta contra el Ayuntamiento, se establece que este abogado no tiene ninguna vinculación con dicho municipio (no está empadronado) y carece de legitimación activa, es decir, no acredita un interés legítimo que fundamente sus peticiones.
El Juzgado analiza también qué habría ocurrido de no haberse estimado esta falta de legitimación y concluye que se habría desestimado la demanda.
El abogado, Eduardo Ranz, también solicitó la elaboración de un catálogo de vestigios y retirada en el municipio de escudos u otros objetos o menciones relativos a la Guerra Civil y a la Dictadura. Ante esta petición, la sentencia declara que no se aportó prueba de su existencia por el abogado por lo que estas peticiones fueron igualmente desestimadas.
La sentencia, que es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia, condena en costas al abogado Eduardo Ranz, quien anunció que planteará el recurso en los próximos días, al “entender que en tres puntos es contraria a Derecho”.
Eduardo Ranz ha afirmado que tiene más de 50 procesos judiciales abiertos, algunos de ellos con sentencias en firme, en lugares que no está empadronado, y agregó que el fallo también establece que no aportó pruebas de la exaltación de la Guerra Civil en el municipio, cuando se aportó el número de vestigios relativos a la contienda bélica y la represión, en declaraciones a la Agencia Ical.
“La sentencia considera que no es lo mismo el vecino de San Leonardo, Juan Yagüe que el ministro del aire franquista y a mi modo de ver son inseparables”, insistió Ranz.
Por su parte, el abogado del Ayuntamiento de San Leonardo, Santiago Soto, mostró su satisfacción ante la sentencia que respeta la autonomía municipal, y recordó que la sentencia establece que el nombre ‘De Yagüe’ no vulnera la Ley de Memoria Histórica y distingue entre Juan Yagüe Blanco como benefactor y vecino de este municipio y su condición de militar.