El Gobierno establece una prórroga para los carnets de identidad y conducir que caduquen durante el estado de alarma
Además quedarán exentos de las restricciones de circulación que se puedan decretar los vehículos de distribución de medicamentos, material sanitario, alimentos y otros servicios esenciales.
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El Ministerio del Interior ha dictado una orden por la que se prorroga durante la vigencia en todos los permisos de identidad y conducir que caduquen durante el estado de alarma que ha provocado el coronavirus.
En el caso de los de identidad, el plazo de prórroga es de un año. En los de conducir, la orden, que ha sido publicada el sábado 21 en el Boletín Oficial del Estado pone en valir y señala “los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización”.
La resolución, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, también afecta a los permisos de conducción extranjeros válidos para conducir en España. La ley establece que estos permisos son válidos durante seis meses desde la llegada a España y que, vencido ese plazo, los conductores extranjeros deben canjear el permiso de su país por uno español. La orden publicada hoy en el BOE establece que el cómputo de esos seis meses queda paralizado durante el estado de alarma, y se reanudará una vez finalizado ese periodo. Por lo tanto, los permisos de conducción extranjeros para los que no haya vencido los seis meses legales siguen siendo válidos durante el estado de alarma.