Según indica la normativa que regula el procedimiento para la modificación de la jornada escolar, los centros remitieron a la Dirección Provincial de Educación la aprobación por su consejo escolar del inicio del procedimiento en el mes de octubre, constituyéndose la comisión de consulta en cada uno de ellos en el mes de diciembre.
Para que la modificación se considere aprobada, deberán participar en la consulta un mínimo de dos tercios del total del censo (66,6 %) y dar su conformidad dos tercios de los participantes (se tiene que obtener al menos un 66,6 % de votos favorables). Posteriormente, el consejo escolar del centro, en sesión extraordinaria, someterá a votación la aprobación del Proyecto de Modificación de jornada escolar, que se considerará aprobado con el voto favorable de la mayoría absoluta del total de sus miembros. Para que en el próximo curso escolar sea aplicable el cambio de jornada en los centros en los que el proceso haya resultado favorable, debe aprobarlo, previo informe de la Inspección y la Dirección Provincial de Educación, la Dirección General de Política Educativa Escolar.