Agentes de la Guardia Civil de Soria han denunciado a dos vecinos de las localidades de Molinos de Duero y de Abejar respectivamente, por varias infracciones a las normativas sobre residuos y sobre la seguridad en los trabajos con riesgo de exposición al amianto, por la retirada de tejados de uralita sin autorización.
Tras un laborioso trabajo de investigación, en la que se contó con la colaboración de los Ayuntamientos de la zona y del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta, los agentes localizaron en dos localidades cercanas a los puntos donde se encontraron los vertidos, dos obras en las que se habían retirado las placas de fibrocemento (uralita) de sus tejados, pudiendo comprobar que en ninguno de los casos, los trabajos de desamiantado habían sido llevados a cabo por empresas autorizadas para ello y que el destino dado a los residuos generados había sido el reglamentario.
En vista de lo cual, se procedió a denunciar ante el Servicio Territorial de Medio Ambiente las infracciones medioambientales observadas y ante la Inspección Provincial de Trabajo las relativas a la seguridad de los trabajadores.
El amianto mezclado con fibrocemento se utiliza para construir lo que se conoce como placas de uralita. El gran riesgo en la manipulación de este material surge cuando se pretende desmantelar una construcción, ya que las fibras que se encuentran dentro de la uralita al cortarlas, trocearlas o manipularlas se desprenden y al inhalarse pueden provocar enfermedades graves relacionadas con el aparato respiratorio, como puede ser fibrosis pulmonar o cáncer de pulmón.
Según la normativa vigente, la retirada de las citadas placas de fibrocemento debe realizarse por empresas autorizadas (inscritas en el RERA Registro de Empresas con Riesgo de Amianto), cumpliendo los requisitos marcados en el R.D. 396/2006 de 31 de marzo, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición de amianto.
Desde el momento de su retirada, por los riesgos para la salud indicados cuando se manipulan, rompen o trocean, las citadas placas se convierten en residuos peligrosos, por lo que conforme a lo dispuesto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, no pueden abandonarse indiscriminadamente, siendo la única actuación legal admisible su entrega a gestor autorizado de residuos, para su eliminación en instalaciones debidamente acondicionadas y autorizadas.
Constituye infracción grave o muy grave, tal y como recoge la Ley 22/2001, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, el abandono de uralitas y/o la entrega de las mismas a gestor no autorizado, siendo sancionadas con multa que va desde 9.001 euros hasta 300.000 euros en el caso de infracciones graves, y desde 300.001 hasta 1.750.000 euros en el supuesto de infracciones muy graves.