El Juzgado de lo Penal número 1 de Soria ha condenado a María Eugenia Yagüe Martínez del Campo, por un delito de desobediencia, a la pena de seis meses de multa con una cuota diaria de cinco euros, una cantidad que se eleva a 900 euros, y que en caso de impago, supondría un día de privación de libertad por cada dos cuotas no abonadas, según recoge la sentencia remitida por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).
El fallo, adoptado el 26 de noviembre, le impone las costas a la presidenta de la Fundación María Eugenia Yagüe Martínez del Campo no es firme por lo que las partes pueden recurrir ante la Audiencia Provincial de Soria en el plazo de diez días, a contar desde su notificación.
Los hechos se remontan a septiembre de 2017 cuando el Juzgado de Instrucción de El Burgo de Osma (Soria) requirió a María Eugenia Yagüe los derechos de crédito de los patronos de la fundación que lleva su nombre, a raíz de la denuncia presentada por el administrador de la comunidad de propietarios de la residencia donde la fundación tiene su sede.
Yagüe no entregó al Juzgado de El Burgo de Osma la información sobre las cuentas bancarias de los 20 patronos o socios que forman parte de la entidad, al considerar que la información que se le requería vulneraba el derecho a la intimidad de estos y no tenía que ver con los honorarios que ella “supuestamente” debía al administrador del edificio.
El fiscal señaló en sus calificaciones previas que María Eugenia Yagüe, en su condición de presidenta de la Fundación que lleva su nombre, estaba obligada a aportar los datos personales de todos los socios de dicha entidad, así como de sus patronos y benefactores,
La Fiscalía sostuvo que se hizo ya varios requerimientos a María Eugenia Yagüe en este sentido, advirtiéndole de la adopción de medidas coercitivas si persistía en su actitud de no proporcionar la información requerida por el Juzgado de El Burgo de Osma.