jueves. 21.11.2024
La Chorlita Navaleno
Área recreativa de La Chorlita en Navaleno.

Tras varios meses de trabajo, Ayuntamiento y Asociación vecinal de pinos culminan el texto de las ordenanzas que regulan los aprovechamientos forestales en el municipio de Navaleno.

Con los cambios introducidos, los promotores y ejecutores de la revisión de la normativa local, quieren dar respuesta a los cambios de la sociedad actual, a fin de ajustar lo más posible el texto a las nuevas exigencias de los vecinos perceptores de los aprovechamientos forestales en el municipio.

Los cambios propuestos se están consensuando con vecinos de la población, a fin de buscar una postura común en el equilibrio entre mantener vivo el objetivo con el que se creó en su momento, a fin de favorecer la fijación de habitantes en la localidad, y adaptarse a los cambios de una sociedad muy distinta a la de tiempo atrás.

“Esta operación de actualización se ha realizado de conformidad con los criterios marcados por la normativa vigente, especial en lo referente al respeto a la costumbre”, indica un texto con el que se intenta afrontar situaciones que antes no estaban contempladas en la normativa como separaciones, divorcios, parejas de hecho, parejas del mismo sexo…, así como los lotes multivecinales, que no existían cuando en su día se creó la ordenanza.

En el renovado texto se define el objeto de la ordenanza especial, con el régimen jurídico aplicable y los principios que han de regir en la materialización de ese aprovechamiento forestal comunal en Navaleno. También se determina el aprovechamiento, se definen las suertes de pinos, su cuantía, el periodo temporal de fiscalización de los requisitos exigibles, la renovación anual del derecho y su extinción y pérdida. En un tercer bloque, se hace una novedosa regulación del lote multivecinal y de su gestión.

BENEFICIARIOS AUSENTES

Uno de los temas que mayor controversia crea en el municipio es la creencia de que se está ‘dando la suerte’, como se expresa popularmente en la localidad, a personas que, pese a estar empadronadas en el municipio. En el artículo 13 del capítulo tercero de la Ordenanza ahora propuesta se dispone claramente: “Se considerará ausencia de la localidad siempre que el beneficiario no pernocte en este pueblo, aunque tenga casa abierta y siga residiendo el resto de la familia en la localidad. Por el contrario, se entenderá que cumple con el requisito si el beneficiario manifiesta su vinculación con la localidad al permanecer en ella los fines de semana y días festivos”.

Ayuntamiento y vecinos de Navaleno culminan cambios para adaptar las ordenanzas de la...